Si te ha llegado un requerimiento de pago dentro de un procedimiento monitorio y te preocupa quién debe asumir las costas, es importante que entiendas cómo funciona este mecanismo antes de tomar cualquier decisión. El procedimiento monitorio es una vía judicial rápida para reclamar deudas dinerarias líquidas, vencidas y exigibles, y la cuestión de las costas tiene particularidades que no siempre se explican con claridad. Desde nuestro despacho en Barcelona, especializado en derecho de segunda oportunidad y reestructuración de deudas, atendemos con frecuencia a personas que reciben este tipo de requerimientos y no saben cómo actuar.
¿Qué es el procedimiento monitorio y cuándo se aplica?
El procedimiento monitorio está regulado en los artículos 812 y siguientes de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC). Se trata de un mecanismo pensado para que un acreedor reclame de forma ágil una deuda dineraria, siempre que esté acreditada documentalmente (facturas, contratos, albaranes, certificaciones, etc.) y no exista una cuantía máxima desde la reforma operada por la Ley 42/2015.
El juzgado no entra a valorar el fondo del asunto en un primer momento: simplemente requiere de pago al deudor. Si este no paga ni se opone en el plazo establecido, el requerimiento se convierte en título ejecutivo, abriendo la vía de ejecución forzosa.
¿Quién paga las costas en un procedimiento monitorio?
Esta es la pregunta que más se repite. La respuesta depende de cómo reaccione el deudor:
- Si el deudor paga tras el requerimiento: generalmente no se imponen costas, ya que el procedimiento monitorio no lleva aparejada condena en costas cuando se atiende el pago dentro del plazo indicado.
- Si el deudor no hace nada: se despacha ejecución y, en ese momento, sí pueden generarse costas conforme a las reglas generales de la ejecución (artículo 539 y concordantes de la LEC).
- Si el deudor se opone: el asunto se transforma en un procedimiento declarativo (verbal u ordinario, según la cuantía) y ahí se aplicará el criterio del vencimiento objetivo del artículo 394 LEC, es decir, quien pierda el pleito suele cargar con las costas, salvo que existan dudas de hecho o de derecho que justifiquen no imponerlas.
Pasos del procedimiento monitorio paso a paso
- Presentación de la petición inicial por parte del acreedor, acompañada de los documentos que acrediten la deuda.
- Admisión y requerimiento de pago por el letrado de la Administración de Justicia, sin necesidad de abogado ni procurador en la fase inicial si la cuantía no supera los 2.000 euros.
- Plazo para pagar u oponerse, orientativamente de veinte días hábiles desde la notificación (conviene siempre verificar el cómputo exacto con un profesional, ya que puede variar según las circunstancias del caso).
- Si hay oposición, el procedimiento se transforma en juicio verbal o ordinario según la cuantía reclamada.
- Si no hay oposición ni pago, se despacha ejecución directamente.
Costes orientativos de un procedimiento monitorio
Los costes varían según si el asunto se resuelve en la fase inicial o si acaba judicializado con oposición. A título orientativo:
- Tasas judiciales: las personas físicas están exentas en la mayoría de casos.
- Honorarios de abogado (si se opone o se llega a ejecución): suelen calcularse según la cuantía reclamada y los criterios orientadores del colegio de abogados correspondiente.
- Procurador: obligatorio a partir de ciertas cuantías o en fase de ejecución.
Cada caso depende de sus circunstancias concretas, por lo que estas cifras deben tomarse como referencia general y no como presupuesto cerrado.
¿Qué relación tiene esto con la segunda oportunidad?
Muchas personas en Barcelona llegan a un procedimiento monitorio como consecuencia de deudas acumuladas que ya no pueden afrontar. Si te encuentras en una situación de sobreendeudamiento y este monitorio es una más de varias reclamaciones, puede ser el momento de valorar mecanismos legales de exoneración de deudas previstos en la normativa concursal, reformada en profundidad por la Ley 16/2022. Este tipo de procedimientos permite, bajo determinados requisitos, cancelar deudas pendientes, aunque los pasos exactos y los requisitos vigentes deben verificarse siempre con un abogado especializado, dado que la normativa ha sufrido cambios relevantes en los últimos años.
¿Qué hacer si recibo un requerimiento de pago en Barcelona?
Lo primero es no ignorarlo. El silencio puede derivar en ejecución directa. Recomendamos:
- Revisar si la deuda es correcta y está bien documentada.
- Comprobar los plazos de notificación y respuesta.
- Valorar si conviene pagar, oponerse o negociar.
- Explícanos tu caso con un abogado si existen varias deudas y se plantea una solución integral.
Preguntas frecuentes sobre el procedimiento monitorio y las costas
¿Es obligatorio tener abogado en un procedimiento monitorio?
No en la fase inicial si la cuantía no supera los 2.000 euros. Si hay oposición o se supera esa cuantía, sí será necesario abogado y, en muchos casos, procurador.
¿Puedo oponerme a un monitorio sin pagar nada?
Sí, presentando escrito de oposición dentro del plazo indicado en el requerimiento, explicando los motivos por los que se discute la deuda.
¿Qué pasa si no contesto al requerimiento de pago?
Se puede despachar ejecución contra tus bienes, lo que puede derivar en embargos. Por eso es importante actuar dentro del plazo.
¿Las costas se pagan siempre en un monitorio?
No siempre. Si se paga dentro del plazo del requerimiento, generalmente no hay condena en costas. Solo se generan en fases posteriores (ejecución u oposición).
¿Puedo incluir una deuda de un monitorio en un proceso de segunda oportunidad?
Es posible, dependiendo del tipo de deuda y de la situación concreta, pero conviene revisarlo con un abogado especializado, ya que la normativa concursal y de exoneración de deudas ha cambiado en los últimos años y los requisitos deben verificarse caso por caso.
Si has recibido un requerimiento de pago en un procedimiento monitorio en Barcelona y no sabes cómo actuar, o si esta deuda forma parte de un problema económico más amplio, en nuestro despacho podemos revisar tu situación sin compromiso y explicarte, de forma clara, cuáles son tus opciones legales.